Voy a contarles un ejemplo de falta de agilidad administrativa donde, lejos de dar soluciones, se genera un problema que cuesta mucho tiempo y dinero resolverlo, dinero que corre "a cuenta" del bolsillo del contribuyente. Empezaré diciendoles que “el
Convenio regulador de las condiciones de trabajo para el personal laboral” fue
aprobado y publicado en el Boletín de la Provincia el 14 de abril de 2010. En
este convenio se recoge una ayuda por jubilación prorrateada de 1.200 € durante el último año de
servicio activo, para aquellos trabajadores que tengan una antigüedad superior
a 10 años. Este es el caso de un
trabajador que cumplió 64 años en agosto
del 2011 y el 23 de septiembre lo comunicó al Ayuntamiento. Más
tarde, el 17 de diciembre les volvió a decir que las nóminas le llegaban sin la ayuda mensual
de 100 €. A estos escritos, no contestaron. A partir de junio del 2012 fue al Ayuntamiento en numerosas ocasiones a exponer su situación. La respuesta, del tipo dando largas y "el vuelva usted mañana" que acuño Mariano José de Larra, siempre era la misma: que no le pertenecía la ayuda. Lo atendian, como si hubiera ido al
Ayuntamiento a atracar a alguien, en vez de a reclamar sus derechos. El 16 de
julio del 2012 volvió a recordarles su
situación… y por tercera vez el Ayuntamiento dio a su escrito la callada por respuesta. El
17 de septiembre, ante el ilógico posicionamiento de los negociadores, asesor jurídico incluido, se veía abocado o bien a tirar la toalla o a presentar
una Reclamación Previa. Optó por lo segundo. Por cuarta
vez …..¡tampoco tuvo respuesta!. Ante la
postura municipal -más bien impostura-
que utilizaba la estrategia de marear a la perdiz para ver si el enemigo
se aburría, cansado de buscar un acuerdo con el Equipo de Gobierno no le dejaron otra
salida que llevar la demanda al Juzgado. La presentó en noviembre y el
Juzgado le dio traslado al Ayuntamiento poco tiempo después. Podían haberle llamado, en última instancia, para
forzar un acuerdo. Pero no. La fecha del Juicio esta señalada para mediados de
abril.
Hace unos
días, 12 de febrero, recibía en el móvil un mensaje del Ayuntamiento para "que pasara por las oficinas municipales a recoger una
notificación" –la primera en año y medio- en la que le dicen: "la Junta de Gobierno Local ha acordado denegarle a usted la ayuda solicitada .....al no concurrir los requisitos señalados en la normativa indicada para
su concesión al considerar que en el apartado séptimo del Anexo II del Convenio
no se establece plazo específico y atendiendo a las fechas de presentación de
las solicitudes estas se han formulado fuera de plazo, entendiendo que debería
haber solicitado la concesión de ayuda en el periodo comprendido entre el día 1
de enero de 2011 y el 30 de abril de
2011. Este escrito ... ¡es la constatación de que le corresponde la ayuda aunque este fuera de plazo diez minutos o un siglo!. El trabajador la había solicitado el 23 de septiembre de 2011 y se jubilaba el 26 de agosto de 2012. A lo largo de este año no le han adjuntado a las nóminas la ayuda prorrateada, como dice el
Convenio. Las numerosas reuniones con el Alcalde y el asesor jurídico para ver de llegar a
un acuerdo, no habían tenido éxito. Si al final, el trabajador
recurrió al Juzgado fue porque consideró que le estaban tomando el pelo
-uno de los muchos eufemismo de choteo- cuando en las múltiples reuniones, en ningún momento le dijeron que estuviera fuera de plazo.
Y cuando el Juez "ya ha citado a las partes a Juicio para mediados de abril", le llega a Ceferino
Antonio Sánchez Pérez -así se llama este trabajador- el acuerdo de la Junta de Gobierno Local, adoptado por
unanimidad el 8 de febrero, denegándole la ayuda por haberla solicitado fuera de plazo,
cuando el Convenio dice que
debe comunicarse durante el último año de servicio activo. Es de suponer que ya
habrá firmado el Alcalde un Decreto para
que un Letrado de Albacete –a los de
Caudete los tiene aparcados y en el olvido- le saque las castañas del fuego al
Ayuntamiento. Todo un cúmulo de despropósitos por la ausencia de diálogo y, sobre todo, por falta de "agilidad
administrativa" para dar solución a una demanda salarial de un trabajador que siempre buscó la vía del acuerdo para reclamar lo que le corresponde. A
lo largo de año y medio ha presentado varios escritos, que no han tenido respuesta. Eso sí:
recibe uno con un retraso de año y medio y a falta de mes y medio
para celebrar el Juicio. Me dijo que si ha llegado al Juzgado era por dignidad
ante la postura municipal. Repito que no se puede
hablar de agilidad administrativa, contestando después de estar señalada la fecha
del Juicio. ¡¡Vaya pérdida de tiempo y de dinero público!! Sospecho que se van a cubrir de gloria, tanto el asesor jurídico como los componentes de la Junta Local de Gobierno, si el señor Juez le da la razón al trabajador. No sería la primera vez que esto ocurre. Lo malo es que ha pedido el traslado y a lo mejor ya no estará aquí para celebrarlo. Vamos a ver señor mío: si lo dice el Convenio y a otros trabajadores se las han abonado hasta ahora....¿por qué en este caso se deniega la ayuda argumentado una cosa tan absurda como que la solicitó fuera de plazo?....¿acaso se trata de un expediente administrativo tramitado por el procedimiento de urgencia con fecha de caducidad?... ¿donde esta el corte que marca el fuera de plazo.... en un minuto, en una hora, tal vez una semana, un mes? Me parece que estos, al ir tan sobrados, no se comen ni un triste danone, un segundo despues de la fecha de caducidad que marque. No. No esta la cosa como para ir jugando con la ayuda económica de nadie. No quiero ni pensar lo que ocurrirá el día que se unan las voces de todos los choteados por la Administración. Hasta ahora.... les funciona, y muy bien, el divide y vencerás. En época de crisis ....mas todavía. Los señores Rajoy y Rubalcaba han quedado bien de cara a la galería en el debate de la Nación. Pero se les olvida un pequeño detalle: mañana hay mas gente que no tiene ni para comer mientras que los que van encima de la burra, como en el futbol, solo les preocupa quien ha ganado ....el debate.
Les he traído otro claro ejemplo de "agilidad administrativa" que, entre otras cosas, pone de manifiesto que en todos los sitios cuecen habas. Es ya un
clásico entre los correos que nos llegan al ordenador. Este caso de falta de agilidad afecta a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir
y no tiene desperdicio. Un ciudadano
solicitó una petición de uso privativo
de agua y, 17 años después, este
Organismo le requirió una fotocopia del
DNI/CIF de otros propietarios de la finca “si los hubiere, que no figuran en la
relación de propietarios de la instancia presentada en su día”. Lean la
contestación que este afectado les remitió a los señores de la Confederación con fina ironía.
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